ESTAFA-ABOGADOS-VALORACION DE LA PRUEBA-PACTO DE CUOTA LITIS-SENTENCIA ARBITRARIA
Texto
Cabe dejar sin efecto la sentencia que condenó al imputado como autor del delito de estafa a la pena de dos años de prisión -cuyo cumplimiento fue dejado en suspenso- e inhabilitación especial para ejercer la abogacía por el término de cuatro años, pues incurrió en el defecto de no ponderar debidamente la existencia de un acuerdo previo documentado entre las partes, inclusive ratificado en sede judicial, que avalaría el accionar del condenado, y , por el contrario, mediante la utilización de una afirmación, carente de fundamentación, referida a que la prueba documental acompañada no se ajustaba ni conmovía las constancias del fallo impugnado, obvió la naturaleza de la pretensión que era demostrar frente a la contradicción entre el marco teórico afirmado en la sentencia y la hipótesis sostenida por los nuevos elementos, la legitimidad de una u otra postura.
Fuente : OFICIAL - Corte Suprema de Justicia de la Nación (www.csjn.gov.ar)
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL. [Sumarios relacionados] [Ver fallo completo]
(Mayoria: Lorenzetti, Fayt, Maqueda, Zaffaroni. Disidencia: Highton de Nolasco, Argibay. Abstencion: Petracchi)
Vecchi, Amado Alejandro s/ recurso de casación.
SENTENCIA del 29 de Noviembre de 2011
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Vecchi, Amado Alejandro s/ recurso de casación.
SENTENCIA del 29 de Noviembre de 2011